Las tic en el derecho es una herramienta de uso
global que tiene muchos aspectos importantes que ayudan a facilitar la
obtención de información y pruebas respetando siempre derechos fundamentales
que existen en los diferentes aspectos jurídicos, además de que
son tecnologías que permiten almacenar, administrar y modificar diversos archivos desde este
mismo, evitan la contaminación pues los archivos son almacenados y ya no hay
exceso de papeleo, además de que nos ayudan
a conocer los diversos cambios que existen en las leyes, reglamentos, sentencias,
y demás aspectos jurídicos, ayudan a tener un orden sobre los juicios que se
lleven, a obtener más fácil el acceso a la información almacenada, a informados
día con día.
Se habla de 2 disciplinas que surgen de la interrelación
entre el Derecho y la informática, donde el aspecto técnico propio de la
informática, aplicado en el campo del derecho, da surgimiento a una disciplina
que se denomina Informática Jurídica, que no es más que, la implementación
de las herramientas tecnológicas en el campo del derecho, mejorando de manera
significativa las labores en la administración de justicia, así como también
facilitando las labores propias de las actores que participan en ella (abogados,
jueces, fiscales, entre otros).
El amplio campo de estudio
de la Informática Jurídica, ha permitido clasificarla de la siguiente manera:
Informática
Jurídica Documental: Implica la utilización de la informática en
los procesos de tratamiento, almacenamiento y recuperación automatizada
de información jurídica. (Bases de datos: jurisprudenciales, doctrinales y
normativas)
Informática
Jurídica de Gestión y Control: Es la que hace posible
implementar las tecnologías de información y comunicación dentro de los
espacios jurisdiccionales, permitiendo de esta manera agilizar, organizar y
mejorar la administración de justicia. (Sistema informático del Poder Judicial:
JURIS 2000, Programas ofimáticos para bufetes de abogados, entre otros)
Informática
Jurídica decisoria o metadocumental: Implica la utilización de
la inteligencia artificial, para el desarrollo de los llamados sistemas
externos legales, los cuales se conciben como herramientas auxiliares en la
tomas de decisiones.
Es importante dejar
claro que la Informática Jurídica no es una ciencia jurídica, ya que se campo
de estudio se circunscribe en el área de la informática, y como dicen algunos
juristas entendidos sobre la materia “es ver el aspecto instrumental aplicado
al derecho”.
Por otro lado, y continuando
con el estudio de esta interrelación, surge una disciplina que se caracteriza
por su estudio desde una perspectiva netamente jurídica, donde se resaltan
principios, reglas, normas, doctrinas y jurisprudencias, relativas a los
problemas legales que derivan del impacto de las TIC en la sociedad,
denominado Derecho Informático. Dicho de otra manera, el derecho
informático, se constituye como una rama del derecho, donde los instrumentos
jurídicos ya mencionados, tienen como objetivo, dar solución a los diferentes
efectos que produce la informática en las relaciones jurídicas.
Hoy en día, el estudio
de éste binomio sigue teniendo modificaciones, por lo menos en su denominación,
siendo la tendencia moderna denominarlo “Derecho y Nuevas Tecnologías” o “Derecho
de las Tecnologías de las Comunicaciones e Información”, y de esta manera se
incluye el estudio tanto del Derecho Informático así como de la Informática
Jurídica.
Es importante dejar claro
las diferencias existentes entre estas 2 disciplinas, en virtud de que algunos
profesionales y estudiantes de derecho, tienden a tratarlas como sinónimos,
olvidando sus marcadas diferencias; sin embargo también quiero dejar claro, que
muchos colegas involucrados en el estudio de estas materias, incluyen a la
Informática Jurídica dentro del Derecho Informático, aunque soy partidario de
explicar cada una de manera independiente, dándole mayor preponderancia a ésta
última.
El Derecho Informático es el
conjunto de principios, normas o reglas que regulan el efecto generado por el
impacto de las TIC en la sociedad; llevándonos así al estudio jurídico de
situaciones novísimas como:
- · Firmas Digitales.
- · Certificados Electrónico.
- · Documentos Electrónicos.
- · Contratos electrónicos e informáticos.
- · Habeas Data o protección de datos personales.
- · Delitos Informáticos.
- · Pruebas electrónicas.
- · Informática forense.
- · Comercio electrónico (e-commerce)
- · Gobierno electrónico (e-goverment)
- · Nombres de Dominio
Dependiendo de las
consideraciones que puedan tener las diferentes casas de estudio, con respecto
a ésta disciplina, la misma puede ser abordada de 2 formas:
Como materia independiente donde se incluya en el pensum de estudio, la materia ya sea llamándola Derecho
Informático o Derecho y Tecnologías de la Información y Comunicación, donde se
desarrollarán los puntos supra mencionados. Con respecto a esto
opción, es importante resaltar que la misma obedece a la tendencia que
considera al derecho informático como rama autónoma del derecho.
De manera transversal donde
se incluyan o ubiquen los temas mencionados anteriormente, en las diferentes
ramas jurídicas tradicionales donde mejor se adapten, como por ejemplo: Delitos
Informáticos (Derecho Penal), Comercio Electrónico (Derecho Mercantil), Firmas
electrónicas, documentos electrónicos y contratos electrónicos (Derecho Civil),
Prueba Electrónica e Informática Forense (Derecho Procesal), Habeas Data
(Derecho Constitucional).
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