DERECHO CONSTITUCIONAL MEXICANO
El derecho político o constitucional es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y con los particulares, por lo que se puede decir que el Derecho constitucional es el que se encarga de estudiar los problemas desde un punto de vista del origen del Estado. La constitución es la ley de mayor importancia en la vida de nuestro país. Establece la forma de gobierno, la organización y composición y las facultades del Estado Mexicano; indica además la forma en que el gobierno y el pueblo deben establecer relaciones, y es un programa que debe guiar las acciones de ambos.
LA CONSTITUCIÓN
Ley fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada como guía para su gobernación. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno. También garantiza al pueblo determinados derechos.
La constitución política que ahora nos rige fue promulgada el de febrero de 1917 en el teatro de la República de la ciudad de Querétaro.
ANTECEDENTES DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Se consideran como antecedentes Constitucionales, ya sea por su valor doctrinario o por su aplicación real, los siguientes:
- La Constitución Mexicana de 1811, elaborada por Ignacio López Rayón (1811).
- La Constitución Política de la Monarquía Española, también conocida como constitución de Cádiz o Constitución española de 1812 (18 de marzo de 1812).
- El documento "Sentimientos de la Nación" de José María Morelos y Pavón (14 de septiembre de 1813).
- El Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana (22 de octubre de 1814).
- El Reglamento provisional político del Imperio mexicano (18 de diciembre de 1822).
- El Acta Constitutiva de la Federación Mexicana (31 de enero de 1824).
- La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 (4 de octubre de 1824).
- Las Bases para la nueva Constitución y Leyes constitucionales, conocidas como Siete Leyes o Constitución de 1836 (23 de octubre de 1835 y 29 de diciembre de 1836).
- Las Bases Orgánicas de la República mexicana de 1843 o Constitución de 1843 (12 de julio de 1843).
- El Acta de reformas de 1847 y el Acta constitutiva y de reformas de 1847 (5 de abril y 21 de mayo de 1847).
- La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 (5 de febrero de 1857).
- El Estatuto provisional del Imperio Mexicano o Constitución de 1865 (10 de abril de 1865).
- El Programa del Partido Liberal Mexicano de 1906 (1 de julio de 1906).
PARTES DE LA CONSTITUCIÓN
Para la dogmática contemporánea, la constitución en su conjunto comprende tres partes principales: La dogmática, la orgánica y la social.
La parte dogmática comprende el sistema de las garantías individuales, que se estima han evolucionado a la idea de derechos humanos. Se le denomina así en virtud de que constituye una suma de normas fundamentales anteriores y superiores al Estado, que no solo limitan el poder y la acción de aquellos que gobiernan, sino que marcan el rumbo del actuar del poder público.
Se le llama parte orgánica al cuerpo de normas, principios e instituciones de la constitución que regula la estructura, definición, atribuciones y retos de los órganos o poderes del estado.
Se habla hoy en día de la parte social de la constitución al referirse al sistema de normas e instituciones que regulan y promueven el bienestar social.
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Alumna: Cinthia Maceda Vargas
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